Carlos Gosalbez
Última actualización: 2026-07-28
Comprar una vivienda en la Comunitat Valenciana o en Alicante es, para muchos inversores del Este de Europa, una decisión que combina clima, rentabilidad y calidad de vida. Pero cuando esa vivienda permanece vacía buena parte del año —porque el propietario reside en Polonia, Rumanía, Ucrania o cualquier otro país—, aparece una preocupación recurrente: el riesgo de ocupación ilegal. La buena noticia es que desde 2025 España cuenta con un marco legal más rápido para recuperar una vivienda okupada. Esta guía explica qué ha cambiado y qué debe hacer un propietario extranjero para protegerse.
La okupación ilegal se produce cuando alguien entra o permanece en una vivienda sin el consentimiento del propietario, normalmente a través de dos figuras penales: el allanamiento de morada (cuando se trata de una vivienda habitual, incluida una segunda residencia usada regularmente) y la usurpación de bienes inmuebles (cuando se trata de un inmueble que no constituye morada habitual, como una vivienda vacía en venta o en espera de uso).
La Ley Orgánica 1/2025, de eficiencia del servicio público de justicia, en vigor desde el 3 de abril de 2025, incorporó estos delitos al procedimiento de juicio rápido. Esto significa que, en lugar de esperar meses o años como ocurría antes, el propietario puede obtener una resolución judicial en cuestión de días.
Con la nueva normativa, una vez presentada la denuncia y puesta la situación en conocimiento del juzgado, el proceso de desalojo puede resolverse en un plazo máximo de 15 días desde que el caso queda a disposición judicial. Esto supone una diferencia radical frente al procedimiento civil ordinario, que podía prolongarse durante más de un año.
Es importante matizar que esta agilidad aplica a los casos de entrada ilegal reciente. La ley mantiene, además, una protección especial a hogares vulnerables frente a desahucios y lanzamientos, prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026, aunque esta protección no se aplica cuando la entrada fue violenta o intimidatoria, existen indicios de actividad ilícita en el inmueble, se trata de la vivienda habitual o segunda residencia del propietario, o la ocupación se produjo después de la entrada en vigor de la norma.
Los inmuebles que permanecen vacíos durante largas temporadas —típico en segundas residencias o propiedades de inversión— son el objetivo más habitual de la okupación. Un propietario que vive en el extranjero suele tardar más en detectar una entrada ilegal, lo que retrasa la denuncia y, con ella, el inicio del plazo de 15 días. Cuanto antes se presente la denuncia tras detectarse la ocupación, más eficaz es el nuevo procedimiento.
Antes de que el problema llegue a los tribunales, conviene reducir el riesgo:
Muchas aseguradoras españolas ofrecen hoy una cobertura específica de «defensa jurídica y desokupación» dentro del seguro de hogar, o como póliza independiente. Habitualmente incluye asesoramiento legal inmediato, gastos de abogado y procurador durante el proceso judicial, y en algunos casos indemnización por daños causados durante la ocupación o el cambio de cerradura. El coste adicional suele oscilar entre 50 y 150 euros al año, dependiendo del valor del inmueble y del alcance de la cobertura, una cifra reducida frente al coste y el desgaste de un proceso de recuperación sin asistencia legal contratada de antemano.
Actuar rápido es la clave del nuevo sistema: presentar la denuncia ante la Policía Nacional o la Guardia Civil en cuanto se detecte la entrada, aportar toda la documentación que acredite la titularidad (escritura, nota simple, recibos de suministros) y contratar de inmediato a un abogado especializado para activar el procedimiento de juicio rápido. No se recomienda intentar recuperar la vivienda por cuenta propia ni cambiar la cerradura sin resolución judicial, ya que podría derivar en responsabilidad penal para el propietario.
Para el inversor extranjero, entender este nuevo marco legal —y sobre todo actuar con rapidez si llega a producirse una ocupación— es hoy una parte tan importante de la gestión de una propiedad en España como conocer su fiscalidad o sus gastos de comunidad.
Me llamo Carlos Gosalbez y soy gerente de la inmobiliaria Valencia Rusa desde 2006.
Con más de 20 años de experiencia en el sector inmobiliario y experto en la búsqueda de activos inmobiliarios para clientes extranjeros principalmente del Este y centro de Europa.
Especializado en la captación de activos inmobiliarios residenciales y comerciales de toda la zona de la Comunidad Valenciana y comerciales en toda España.
Je suis également disponible en français pour accompagner les acheteurs francophones dans leur projet immobilier sur la Costa Valenciana.
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