Carlos Gosalbez
Última actualización: 2026-07-09
Comprar una vivienda en la Comunitat Valenciana o en Alicante es, para muchos compradores del Este de Europa, el paso previo a instalar aquí a la familia, alquilar la propiedad o simplemente disfrutar de un patrimonio junto al Mediterráneo. Sin embargo, pocos se plantean qué ocurrirá con esa propiedad el día que ya no estén. Planificar la herencia con un testamento español y entender el Impuesto de Sucesiones evita disgustos, retrasos y costes innecesarios para tu familia.
Si un propietario extranjero fallece sin testamento válido en España, sus herederos deben tramitar una declaración de herederos conforme a la ley que resulte aplicable, lo que en la práctica implica más tiempo, más gastos notariales y, con frecuencia, la necesidad de traducir y apostillar documentación del país de origen. Mientras ese proceso no concluye, la propiedad queda bloqueada: no se puede vender, alquilar con normalidad ni, en muchos casos, ni siquiera empadronar a nuevos ocupantes.
El Reglamento Europeo de Sucesiones (nº 650/2012) permite a un ciudadano de un país de la UE elegir en su testamento que se aplique la ley de su nacionalidad en lugar de la ley española. Aun así, la recomendación práctica de notarios y asesores en la Costa Blanca es otorgar, además, un testamento español específico para los bienes situados en España: es más rápido de tramitar, evita conflictos de interpretación y agiliza enormemente el proceso para los herederos. El coste de un testamento notarial en España es reducido —normalmente entre 40 y 60 euros— frente al ahorro de tiempo y dinero que representa a largo plazo.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) grava lo que cada heredero recibe, no el total de la herencia. Desde 2015, y a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los herederos no residentes —sean de la UE o de fuera de ella— tienen derecho a aplicar la normativa autonómica, en lugar de la estatal, si esta les resulta más favorable. Esto es especialmente relevante en la Comunitat Valenciana, donde existen bonificaciones significativas en la cuota del impuesto para cónyuges, hijos y padres del fallecido (los llamados grupos I y II de parentesco).
La base imponible se calcula sobre el valor real de la vivienda y demás bienes en España, y se pueden aplicar reducciones por parentesco, por vivienda habitual (en determinados casos) o por discapacidad del heredero. El plazo para liquidar el impuesto es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable si se solicita a tiempo, por lo que conviene actuar con rapidez.
Conviene obtener el NIE también para los futuros herederos, ya que lo necesitarán para firmar ante notario y liquidar el impuesto. Es recomendable mantener organizada toda la documentación de la propiedad —escritura, recibos del IBI, certificado energético— en un lugar accesible para la familia. También es aconsejable revisar el testamento cada vez que cambie de forma relevante el patrimonio o la situación familiar, y contar con un asesor fiscal que conozca tanto la normativa española como la del país de origen, para evitar la doble imposición allí donde no exista convenio específico.
Los errores más frecuentes son: no tener ningún testamento en España, redactar un testamento sin especificar bien los bienes situados aquí, dejar pasar el plazo de seis meses para liquidar el impuesto, y desconocer las bonificaciones autonómicas que podrían reducir sustancialmente la factura fiscal de los herederos.
Una herencia bien planificada es una forma más de proteger la inversión inmobiliaria en España. Un testamento español, sumado a un buen asesoramiento fiscal, permite a los herederos —estén donde estén— recibir la propiedad con la mayor rapidez y el menor coste posible.
Este artículo tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento legal ni fiscal personalizado. Cada situación patrimonial y familiar es distinta: recomendamos consultar con un notario y un asesor fiscal antes de tomar decisiones.
Me llamo Carlos Gosalbez y soy gerente de la inmobiliaria Valencia Rusa desde 2006.
Con más de 20 años de experiencia en el sector inmobiliario y experto en la búsqueda de activos inmobiliarios para clientes extranjeros principalmente del Este y centro de Europa.
Especializado en la captación de activos inmobiliarios residenciales y comerciales de toda la zona de la Comunidad Valenciana y comerciales en toda España.
Je suis également disponible en français pour accompagner les acheteurs francophones dans leur projet immobilier sur la Costa Valenciana.
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